Derechos de autor
El derecho exclusivo a copiar y distribuir una obra: el cimiento jurídico sobre el que se apoya toda licencia de software, libre o privativa.
La idea se remonta al Estatuto de la Reina Ana de 1710, que otorgó los derechos sobre los libros a los autores y no a los impresores. Los programas no quedaron protegidos de forma explícita como obras literarias hasta alrededor de 1980: Estados Unidos reformó su ley ese año y el caso Apple contra Franklin, en 1983, estableció que incluso el código máquina grabado en una ROM está cubierto. La directiva europea sobre programas de ordenador llegó en 1991. La protección nace automáticamente con la obra, sin registro, y en la mayoría de los países dura la vida del autor más 70 años.
Protege la expresión, no la idea. Quien reescribe un algoritmo con sus propias palabras no infringe nada; para eso están las patentes. Sin derechos de autor no habría nada que licenciar, y por tanto tampoco GPL: el copyleft es el copyright usado al revés.