Directiva de responsabilidad por productos defectuosos
La directiva de la UE que desde 2024 considera expresamente el software un producto, de modo que su fabricante responde de los daños que cause el código defectuoso.
La directiva original de 1985 se pensó para bienes muebles –cafeteras, neumáticos– y era discutible si el software entraba siquiera. La nueva, (UE) 2024/2853, lo aclara: el software es un producto, venga integrado en un aparato, descargado o prestado como servicio en la nube. Quien sufra lesiones, daños materiales o pérdida de datos no tiene que demostrar negligencia, solo que el producto era defectuoso y causó el daño. No publicar actualizaciones de seguridad puede ser en sí mismo un defecto.
El software libre desarrollado o suministrado fuera de una actividad comercial queda excluido, tras un intenso trabajo de presión de la comunidad. Los Estados miembros deben haber transpuesto las normas antes de diciembre de 2026. Junto con la Cyber Resilience Act, la directiva marca el final de la época en que bastaba con una exención de garantía en la licencia.